jueves, febrero 11, 2010

Reforma propuesta



Señor

Moisés Valenzuela

Secretario Nacional

PDC


Estimado Camarada


Por intermedio de la presente y en atención a lo contemplado en el artículo 32 letra d) del estatuto del P. D. C., vengo en solicitar que la Próxima Junta Nacional conozca y resuelva la siguiente propuesta de reforma.

Los fundamentos y alcances que se proponen, serán debidamente planteados ante la Junta nacional cuando sesione reglamentaria.


I.- Reforma al Procedimiento de elección de la Directiva Nacional.

1.- Reemplácese el artículo 40 por el que sigue


“Artículo 40.- A nivel nacional, existirá una Directiva Nacional integrada por un Presidente Nacional que la presidirá, un Primer Vicepresidente, un Segundo Vicepresidente, un Tercer Vicepresidente, un Cuarto Vicepresidente, un Quinto Vicepresidente y un Secretario Nacional.

El Presidente Nacional y el Secretario Nacional serán elegidos por los y las militantes, en votación universal, secreta e informada y por lista cerrada.

Los Vicepresidentes, serán elegidos por los y las militantes en votación universal, secreta e informada y por candidatura unipersonales.

Ambas elecciones serán realizadas en un mismo acto electoral”.


2.- Modifíquese el artículo 105, en los siguientes términos


i.i.- Incorpórese, a continuación de la letra a), la siguiente letra a.1):

“En el caso de la elección de Vicepresidentes cada militante deberá marcar, para la validez del voto, a lo menos dos preferencias a personas del sexo opuesto al predominante, del total de votos de que disponga, en conformidad al artículo 116.1


3.- Incorpórese el siguiente artículo 116.1:


“Los cinco Vicepresidentes Nacionales, en conformidad al inciso primero del artículo 40, serán elegidos directamente por la militancia.

Todos los candidatos, previamente calificados por el Tribunal Supremo respecto del cumplimiento de los requisitos estatutarios y reglamentarios, serán ordenados en dos listas por sexo o género, atendiendo a la secuencia alfabética de su primer apellido.

Cada militante, deberá, para la validez del voto, marcar cinco preferencias no acumulativas, y, además, dar cumplimiento a lo dispuesto en la letra a.1.) del artículo 105 de este Estatuto.

Resultarán elegidos Vicepresidentes quienes obtengan las cinco primeras mayorías individuales.”


II.- Conflictos de intereses


1.- Modifíquese el artículo 150, en los siguientes términos


Incorpórese un segundo inciso:

“El militante que ejerza como funcionario directivo, ejecutivo o sea inversionista con representación de relevancia, en empresas cuyas actividades se encuentran reguladas por ley, quedarán inmediatamente suspendidas de sus derechos de militante en cuanto puedan acceder a cargos directivos y consultivos en los diversos niveles partidarios. Esta suspensión se extenderá hasta por seis meses con posterioridad a esa condición. Ejemplo de ello, serán los casos de la industria eléctrica, minera, AFP, Isapres y Bancos”.



Fraternalmente,



Rodrigo Albornoz Pollmann

Delegado Junta Nacional

Cerro Navia, Lo Prado y Quinta Normal



[1] Reforma del número 3

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