lunes, diciembre 28, 2009

Un buen Proyecto

El pasado martes quince de diciembre, la Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley que considera y resuelve diversas materias referidas a la situación de los trabajadores afectados por una quiebra y que habitualmente representan para éstos, verdaderas sobrecargas que les impide ejercer adecuadamente sus derechos reconocidos por la ley.

Este proyecto, que nace de la moción de la Diputada Carolina Goic Boroevic y otros seis parlamentarios de la Concertación, se orienta a “perfeccionar la garantía de los derechos de los trabajadores frente a la quiebra de sus empleadores” y ello, fundamentalmente, a través del establecimiento de la causal denominada quiebra de una empresa como aquella pertinente para la desvinculación laboral, una vez producida la falencia del empleador.

Lo anterior, resuelve un vacío legal que motivó la mala práctica de la sindicatura privada, siempre desechada por los Tribunales Superiores de Justicia, de aplicar razones de “caso fortuito” o “fuerza mayor” para el despido de aquellos trabajadores. Ello, con el consiguiente desconocimiento al derecho de percibir indemnización por año de servicio y ser pagados administrativamente.

Este proyecto, también considera y se pronuncia sobre otros tópicos no menos relevantes y que valoramos. La precisión de que los ingresos mínimos mensuales que gozan de preferencia para su pago, son de carácter remuneracional y que su tope se extiende de 10 a 11 años, también son contenidos en el proyecto de ley que referimos y que desde una perspectiva de técnica legislativa, produce una oportuna igualación con la terminología aplicable en el régimen de indemnización legal por años de servicio.

En suma, el proyecto de ley aprobado y que comentamos, representa un avance significativo en cuanto precisa y permite, un ejercicio oportuno de los derechos de los trabajadores afectados en una quiebra. Pero también, tiene una especial significación para una administración concursal ágil y eficaz, evitando contienda y excesivas judicializaciones, de lo que se beneficiarán todos los acreedores.

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